viernes, 13 de marzo de 2015

Bajas y permisos.

Permiso de maternidad

OBJETO : Es una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de rentas o ingresos que sufren los
trabajadores cuando se suspende el contrato o se interrumpe su actividad para disfrutar de los periodos de
descanso por maternidad, adopción, acogimiento y tutela, legalmente establecidos.

 PRESTACIÓN :La prestación económica consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora
 correspondiente, que se reconoce a todos los trabajadores que disfruten los periodos de descanso laboral
legalmente establecidos en los supuestos de maternidad biológica, adopción, acogimiento familiar y tutela.
 En caso de parto múltiple, de adopción o acogimiento de más de un menor realizados de forma simultánea
se reconocerá un subsidio especial por cada hijo, a partir del segundo, igual al que corresponda percibir por
 el primero durante el período de 6 semanas inmediatamente posteriores al parto, o en los casos de 
adopción o acogimiento, a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución
 judicial que constituya la adopción. En caso de parto, las trabajadoras que reúnan todos los requisitos
 para acceder a la prestación de maternidad, excepto el período mínimo de cotización, tendrán derecho 
a un subsidio no contributivo durante los 42 días naturales siguientes al parto, en una cuantía equivalente
 al 100% del IPREM (Indicador público de renta de efectos múltiples) vigente en cada momento, excepto
 cuando las bases de cotización sean inferiores a éste.






Duración en caso de adopción o acogimiento



16 semanas ininterrumpidas, ampliables en: 

-  2 semanas más por cada menor, a partir del segundo, en el supuesto de adopción o acogimiento múltiples.

-  2 semanas adicionales, en el supuesto de discapacidad del menor adoptado o acogidocuando
 aquélla se valore en un grado superior o igual al 33%. En el caso de que ambos progenitores trabajen, el período
 adicional de percepción del subsidio se distribuirá a opción de los interesados, que podrán disfrutarlo
 simultánea o sucesivamente y siempre de forma ininterrumpida.



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